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R.E.M.L. WEB INSTITUCIONAL

  • http://moemayo.wixsite.com/mendalerenda
  • 16 ene 2018
  • 2 Min. de lectura

NDIVIDUALES.

La República Independiente Menda Lerenda se establece como Soberanía individual, móvil y reconocida por otros Estados capaz de actuar con total independencia y en estricto cumplimiento con la Ley

Internacional.

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Tramita aquí la única Identificación legítima que acredita tu Independencia

PACTO INTERNA-CIONAL

de Derechos Civiles y POlíticos.

RATIFICADO POR EL ESTADO ESPAÑOL

EL 27 DE JULIO DE 1977.

"Todos los pueblos tienen derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural"

Independencia individual

En primera persona

A las Naciones de la Tierra

¿El hecho de que REML haya sido confirmada por un Estado de la Comunidad Europea ha sido determinante para el establecimiento de esta República?

.- Ha sido indiferente. El Artículo 3 de la Convención de Montevideo ya define que la existencia política de un Estado es independiente de su reconocimiento por los demás Estados.

Entrevista a un Soberano.

"

Ley Internacional.

La Convención sobre Derechos y Deberes de los Estados es un tratado internacional firmado en Montevideo, Uruguay, el 26 de diciembre de 1933.

La convención establece la definición de Estado, sus derechos y obligaciones.

En su Articulo 1 establece cuatro criterios característicos de un Estado que han pasado a formar parte del derecho consuetudinario internacional.

Han sido reconocidos como confirmación en el Derecho Internacional, estableciendo que un Estado como persona de Derecho Internacional debe reunir los siguientes requisitos:

ARTICULO 1

El Estado como sujeto de Derecho Internacional debe reunir los siguientes requisitos:

I. — Población permanente.

II. —Territorio determinado.

III. —Gobierno.

IV. —Capacidad de entrar en relaciones con los demás Estados.

Bajo estos lineamientos, cualquier entidad que cumpla con estos criterios puede ser considerada como un Estado Soberano bajo la Ley Internacional.

"

"

Artículo 1 de la Constitución de la República Errante Menda Lerenda:

- La soberanía reside en el pueblo.

"El poder ha llegado a su fin tal como lo conocíamos, el poder de antes, el poder concentrado en unos pocos, que eran los mismos, los que mandaban, ya no está con nosotros. Lo que pueden hacer con el poder es cada vez más restringido, hay cada vez más protagonistas, más competidores que limitan lo que los poderosos pueden hacer con el poder que tienen."

Moisés Naím El fin del poder.

"

SOBERANO

(Del b. lat. superānus)

Que ejerce o posee la autoridad suprema e independiente.

NACIÓN

(Del lat. natĭo, -ōnis)

Conjunto de los habitantes de un país regido por el mismo gobierno. Territorio de ese país.

PAÍS

(Del fr. pays)

Nación, región, provincia o territorio.

ESTADO

(Del lat. status)

Conjunto de los órganos de gobierno de un país soberano

Real Academia de la Lengua.

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